Tienes un apartamento en la Costa Daurada, lo alquilas unas semanas por Airbnb y llega la pregunta incómoda: ¿cómo declaro esto? Esta guía te explica, paso a paso, la tributación del alquiler turístico en el IRPF para que no pagues de más ni te lleves un susto de Hacienda.

El alquiler turístico tiene reglas propias, distintas del alquiler de larga duración. Aquí verás cómo se clasifican los ingresos por alquiler turístico, qué gastos puedes restar, cuándo aparece el IVA del alquiler vacacional y los errores que más caros salen. Todo en lenguaje llano, pensado para propietarios de Tarragona, Reus, Salou y Cambrils.

En 30 segundos: con carácter general, lo que ganas con el alquiler turístico es rendimiento del capital inmobiliario en el IRPF. Declaras ingresos menos gastos deducibles (en proporción a los días alquilados). No se aplica la reducción del 60% del alquiler de vivienda. Los días que no alquilas, Hacienda te imputa una renta ficticia. Y si prestas servicios de hotel, entra el IVA al 10%.

Qué necesitas antes de empezar

Reúne esta documentación antes de sentarte a declarar. Cuanto más ordenado lo tengas, más gastos podrás justificar y menos pagarás:

Paso 1: identifica cómo tributa tu alquiler

Lo primero es saber en qué casilla cae tu actividad, porque de ahí depende todo lo demás. La clave es si prestas o no servicios propios de un hotel.

Según la Agencia Tributaria, «los rendimientos derivados del alquiler turístico son, con carácter general, rendimientos del capital inmobiliario». Es decir: alquilar el piso, sin más, se declara como una renta del inmueble.

Solo pasa a ser rendimiento de actividad económica cuando, para gestionarlo, tienes al menos a una persona contratada con contrato laboral y jornada completa. Es lo excepcional en un propietario particular.

Situación Cómo tributa en IRPF ¿Alta de autónomo?
Alquilas el piso sin servicios de hotel Rendimiento del capital inmobiliario No, en general
Prestas servicios de hostelería (limpieza y ropa periódicas, recepción, comidas) Puede ser actividad económica Analizar caso
Tienes 1 empleado a jornada completa gestionándolo Rendimiento de actividad económica

La diferencia práctica: «servicios de hotel» no es entregar las llaves y hacer una limpieza a la salida. Es limpieza y cambio de sábanas y toallas durante la estancia, recepción continuada, restauración o lavandería. Si solo limpias entre huésped y huésped, sigues en capital inmobiliario.

Paso 2: calcula el rendimiento (ingresos menos gastos)

Como rendimiento del capital inmobiliario, tributa el rendimiento neto: lo que ingresas menos los gastos deducibles. Pero hay un matiz clave del alquiler turístico.

Fórmula básica
Rendimiento neto = Ingresos − Gastos deducibles (proporcionales a los días alquilados)
Solo son deducibles los gastos correspondientes a los días en que la vivienda estuvo efectivamente alquilada.

Es decir: si el piso estuvo alquilado 90 días, solo puedes deducir la parte proporcional (90/365) de los gastos anuales como el IBI, la comunidad, el seguro o la amortización. Los gastos directos de cada estancia (limpieza de esa reserva, comisión de la plataforma de esa reserva) se deducen al 100%.

Gastos que puedes deducir

Atención al error más caro: a este alquiler no se le aplica la reducción del 60% que sí tiene el arrendamiento de vivienda habitual. El alquiler turístico no cubre la necesidad permanente de vivienda del inquilino, así que Hacienda no permite esa rebaja. Ojo con las calculadoras genéricas que la aplican por defecto.

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Paso 3: imputa la renta de los días sin alquilar

Aquí está la parte que muchos propietarios desconocen. Por los días en que la vivienda está a tu disposición y no la alquilas, Hacienda te obliga a declarar una imputación de rentas inmobiliarias —una renta ficticia—, aunque no ingreses nada esos días.

Según la Agencia Tributaria, la imputación se calcula así:

Tipo de inmueble Porcentaje Sobre qué
Valor catastral revisado y en vigor desde 2012 1,1% Valor catastral, prorrateado por los días no alquilados
Resto de inmuebles 2% Valor catastral, prorrateado por los días no alquilados

Por eso importa tanto anotar los días exactos: los alquilados van como rendimiento del capital inmobiliario y los no alquilados como imputación de renta. Ambas cifras acaban en tu IRPF.

Paso 4: comprueba si te toca IVA

El IVA del alquiler vacacional depende, otra vez, de los servicios que prestes. La Agencia Tributaria lo distingue con claridad:

En cristiano: si actúas como un particular que cede su piso, no hay IVA. Si actúas como un hotel (atención al huésped, limpiezas y ropa durante la estancia), sí lo hay, al 10%. La frontera son los servicios, no el hecho de alquilar por días.

Paso 5: declara todo en tu IRPF

Ya tienes las piezas. Ahora las juntas en la declaración de la Renta del año en que obtuviste los ingresos.

1
Suma los ingresos del año

Todo lo cobrado por las reservas, tal y como figura en los informes de la plataforma. Recuerda que Airbnb informa a Hacienda.

2
Resta los gastos deducibles proporcionales

Aplica la proporción de días alquilados a los gastos anuales (IBI, comunidad, amortización) y al 100% los gastos directos de cada reserva.

3
Calcula la imputación de los días no alquilados

Aplica el 1,1% o el 2% del valor catastral por los días en que la vivienda estuvo a tu disposición.

4
Revisa el borrador antes de confirmarlo

El borrador puede traer los ingresos comunicados por la plataforma, pero no tus gastos. Confirmar sin revisar suele significar pagar de más.

5
Presenta el IVA si prestas servicios de hotel

En ese caso, además del IRPF, presenta el modelo 303 cada trimestre y el modelo 390 al cierre del año.

Ten en cuenta que, desde la campaña de la Renta de 2025, la obligación de declarar rendimientos del capital inmobiliario nace a partir de 1.000 euros anuales. En la práctica, casi cualquier alquiler turístico supera ese umbral y hay que declararlo.

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Errores que debes evitar

Estos son los fallos que más veo en mi asesoría de Reus cuando revisamos declaraciones de alquiler turístico:

Errores frecuentes al declarar el alquiler turístico

Preguntas frecuentes sobre la tributación del alquiler turístico

Con carácter general, es rendimiento del capital inmobiliario: declaras los ingresos cobrados menos los gastos deducibles proporcionales a los días alquilados. No se aplica la reducción del 60% del alquiler de vivienda habitual. Solo pasa a actividad económica si tienes al menos una persona contratada a jornada completa para gestionarlo.

Sí. Todos los ingresos por alquiler turístico se declaran en el IRPF, y las plataformas como Airbnb comunican a la Agencia Tributaria lo que cobras, así que Hacienda ya lo conoce. Desde la Renta de 2025, la obligación de declarar rendimientos del capital inmobiliario nace a partir de 1.000 euros anuales, umbral que casi cualquier alquiler turístico supera.

Depende de los servicios. Si solo cedes el inmueble (con limpieza únicamente entre huéspedes), el arrendamiento está exento de IVA. Si prestas servicios propios de la industria hotelera —limpieza y cambio de ropa periódicos durante la estancia, recepción, restauración—, tributa al 10% de IVA y debes presentar el modelo 303 cada trimestre y el modelo 390 anual.

Puedes deducir, en proporción a los días alquilados: IBI, comunidad, seguro, suministros, comisiones de la plataforma, limpieza, reparaciones y la amortización del inmueble (3% sobre el mayor entre el valor catastral de la construcción y el coste de adquisición, sin el suelo). Los gastos directos de cada reserva se deducen al 100%. Los gastos de los días que no está alquilado no son deducibles.

Por esos días, en que la vivienda está a tu disposición, Hacienda obliga a declarar una imputación de rentas inmobiliarias: el 2% del valor catastral (o el 1,1% si el valor catastral se revisó y entró en vigor a partir de 2012), prorrateado por esos días. Es una renta ficticia que se suma a tu IRPF aunque no ingreses nada.

Si solo alquilas el inmueble sin servicios hoteleros, tributas como rendimiento del capital inmobiliario y, en general, no necesitas alta de autónomo. Si prestas servicios de hospedaje, la actividad puede pasar a ser económica, con alta censal (modelo 036 o 037) e IVA. Conviene analizar cada caso antes de empezar para no equivocar la calificación.

En resumen

Lo que debes recordar

Si tienes un apartamento turístico en Tarragona, Reus, Salou o Cambrils y quieres declararlo bien —pagando lo justo y sin sustos—, en TAXWISE Capital Advisors (Reus) lo revisamos contigo. Te decimos con números qué gastos puedes deducir, si te afecta el IVA y cómo dejar tu IRPF a prueba de comprobaciones. Primera consulta gratuita, sin compromiso. Puedes ver también nuestras tarifas de honorarios o consultar la asesoría y defensa tributaria en Reus si ya tienes un requerimiento sobre la mesa.

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