Si eres autónomo o tienes una pyme en Reus o Tarragona, seguro que has oído hablar de Verifactu y de que iba a ser obligatorio en 2026. La buena noticia es que Verifactu se ha aplazado. La menos buena: sigue viniendo, y conviene ir preparándose. Aquí te explicamos, en cristiano, cuáles son los plazos de Verifactu para 2026, a quién afecta y desde cuándo.
- Verifactu se ha retrasado un año. Lo que iba a ser obligatorio en 2026 pasa a 2027.
- Sociedades (SL, SA): obligadas desde el 1 de enero de 2027.
- Autónomos y resto de obligados: desde el 1 de julio de 2027.
- Los fabricantes de software ya están obligados desde el 29 de julio de 2025.
- Durante 2026 no tienes que hacer nada urgente, pero sí ir eligiendo un programa que cumpla.
Qué es Verifactu (explicado fácil)
Verifactu es un sistema pensado para que las facturas no se puedan manipular. Obliga a que tu programa de facturación —el software con el que haces las facturas— cumpla unos requisitos técnicos: que registre cada factura de forma encadenada, que no permita borrarla ni alterarla sin dejar rastro y que, si eliges hacerlo, la comunique de forma automática a la Agencia Tributaria.
Dicho de otra forma: Hacienda quiere asegurarse de que nadie emite una factura, cobra en negro y luego la elimina del sistema. Verifactu cierra esa puerta desde el propio programa.
Verifactu (que tu programa no permita manipular facturas) no es lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas (la de la Ley Crea y Crece, que aún está pendiente de su reglamento). Son dos normas distintas, con calendarios distintos. En este artículo hablamos solo de Verifactu.
¿Verifactu se ha aplazado? Sí, y esto es lo que cambia
La obligación de Verifactu nació con el Real Decreto 1007/2023 y se desarrolló con la Orden HAC/1177/2024. El calendario inicial fijaba 2026 como año de arranque para las empresas.
Pero a finales de 2025 el Gobierno dio marcha atrás con los plazos. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, retrasó un año toda la obligación. El motivo: miles de pymes y autónomos habían avisado de que no les daba tiempo a adaptar sus sistemas.
Así que lo que ibas a tener que cumplir en 2026, en la práctica lo cumplirás en 2027.
Tabla: fechas antes y después del aplazamiento
| A quién afecta | Fecha inicial (derogada) | Fecha vigente | Estado hoy |
|---|---|---|---|
| Fabricantes y vendedores de software de facturación | 29 de julio de 2025 | 29 de julio de 2025 | Ya obligatorio |
| Sociedades (sujetos del Impuesto sobre Sociedades: SL, SA…) | 1 de enero de 2026 | 1 de enero de 2027 | Aún no obligatorio |
| Autónomos (IRPF) y resto de obligados | 1 de julio de 2026 | 1 de julio de 2027 | Aún no obligatorio |
Como ves, la fecha que más importa a la mayoría de autónomos de Reus y Tarragona es el 1 de julio de 2027. Hasta ese día, la obligación de Verifactu para autónomos no te aplica.
¿No sabes si Verifactu te afecta?
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Lo que YA es obligatorio y lo que aún NO
Aquí está la parte que más confusión genera. Vamos a separarlo con claridad.
Ya es obligatorio (2025)
- Que las empresas de software vendan solo programas de facturación adaptados a Verifactu. Están obligadas desde el 29 de julio de 2025.
- Que cada programa lleve una declaración responsable del fabricante certificando que cumple el RD 1007/2023.
Todavía NO es obligatorio (llega en 2027)
- Que tú, como autónomo o empresa, uses obligatoriamente ese software. Eso llega el 1 de enero de 2027 (sociedades) o el 1 de julio de 2027 (autónomos).
Si hoy facturas con un Excel, con un programa antiguo o a mano, en 2026 no incumples nada. Pero cuando cambies o actualices de programa, el nuevo ya vendrá preparado para Verifactu, y eso te viene bien de cara a 2027.
¿A quién afecta Verifactu exactamente?
La regla general es sencilla: la obligación de Verifactu alcanza a quien emite facturas usando un programa informático y está establecido en España. En concreto:
- Autónomos en estimación directa (normal o simplificada) que facturan con software.
- Sociedades mercantiles (SL, SA y similares).
- Profesionales y pequeñas empresas que usan un programa para emitir sus facturas.
Quedan al margen algunos supuestos concretos, como quien ya está en el SII —el Suministro Inmediato de Información del IVA, el sistema de las grandes empresas— o quien factura de forma totalmente manual, sin ningún programa. Si tienes dudas sobre tu caso, es justo el tipo de consulta que resolvemos en un momento en nuestro servicio para autónomos y pymes.
Qué software de facturación necesitas para Verifactu
No hace falta que entiendas la tecnología por dentro. Solo necesitas que tu programa de facturación cumpla dos normas: el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. La forma de comprobarlo es pedir al proveedor su declaración responsable de conformidad.
Esto es lo que debe hacer tu software para cumplir:
- Registrar cada factura de forma encadenada e inalterable (una huella digital por factura).
- Impedir borrar o modificar una factura sin dejar rastro.
- Generar el código QR en la factura.
- Poder comunicar los registros a la Agencia Tributaria (modalidad Verifactu).
Cómo prepararte durante 2026, paso a paso
- Revisa cómo facturas hoy. ¿Usas un programa, un Excel o papel? Eso determina qué te toca.
- Pregunta a tu proveedor de software si su versión ya es compatible con Verifactu. Que te lo confirme por escrito.
- Si tu programa no se va a adaptar, empieza a buscar alternativa con tiempo, sin agobios de última hora.
- Guarda la declaración de conformidad del fabricante. Es tu prueba de que cumples.
- Consulta con tu asesor antes de la fecha que te corresponda (2027) para llegar con todo en orden.
- El aplazamiento te da margen, no una excusa para olvidarte.
- El cambio de programa es el punto clave: elígelo bien y una vez.
- No inventes plazos: la referencia oficial es el 1 de julio de 2027 para autónomos.
Preguntas frecuentes sobre los plazos de Verifactu
Estas son las dudas que más nos llegan al despacho de Reus sobre Verifactu y sus plazos.