El modelo 303 —la declaración trimestral del IVA— hay que presentarlo incluso cuando no has tenido ingresos. Si estás dado de alta como autónomo y tu actividad está sujeta a IVA, no presentarlo puede costarte una sanción de 100 a 200 euros. El trámite es sencillo: entras en la Sede Electrónica de la AEAT, rellenas las casillas a cero (o con tus gastos si los tienes) y presentas. En esta guía te lo explico paso a paso.
Has tenido un trimestre complicado: sin clientes, sin facturas emitidas, sin ingresos. Y ahora te preguntas si sigues estando obligado a presentar el modelo 303 —la declaración trimestral del IVA—. La respuesta, en la mayoría de casos, es sí.
No importa que el resultado sea cero. Mientras estés dado de alta como autónomo y tu actividad sea asesorada desde TAXWISE, la obligación de declarar sigue existiendo. Lo bueno es que el trámite, cuando no hay actividad, es muy rápido.
En esta guía te explico qué es exactamente el modelo 303, cuándo estás obligado a presentarlo aunque no hayas facturado nada, qué necesitas antes de empezar y los pasos concretos para hacerlo sin errores desde la Sede Electrónica de la AEAT.
El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA —el Impuesto sobre el Valor Añadido—. Lo presentan los autónomos y empresas que realizan actividades sujetas a IVA, y sirve para que la Agencia Tributaria (AEAT) sepa cuánto IVA has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) y cuánto has pagado en tus compras y gastos (IVA soportado).
La diferencia entre ambos es lo que ingresas o lo que te devuelve Hacienda:
| Situación | IVA repercutido | IVA soportado | Resultado |
|---|---|---|---|
| Actividad normal | Mayor | Menor | Pagas a Hacienda |
| Sin ingresos, con gastos | Cero | Mayor que cero | Saldo a tu favor (compensar) |
| Sin ingresos, sin gastos | Cero | Cero | Resultado cero · A presentar igual |
En la mayoría de casos, sí. La obligación de presentar el modelo 303 no depende de si has facturado o no, sino de si estás dado de alta como sujeto pasivo del IVA. Esto significa que mientras tengas el modelo 036 o 037 presentado como autónomo con una actividad sujeta a IVA, debes presentar el 303 cada trimestre.
Hay excepciones: si estás en el régimen de recargo de equivalencia (muchos comerciantes minoristas), si tu actividad está exenta de IVA (educación, sanidad, ciertas actividades financieras) o si te has dado de baja correctamente antes de que empiece el trimestre. En esos casos, consulta con tu asesoría antes de asumir que no tienes que presentar.
En TAXWISE (Reus) revisamos tu situación censal y te decimos exactamente qué obligaciones tienes. Primera consulta sin compromiso.
Escríbeme por WhatsAppLos plazos son los mismos tanto si tienes actividad como si no. No presentar en plazo tiene las mismas consecuencias: una sanción. Aquí tienes el calendario de todos los trimestres del año fiscal, según lo publicado en el calendario oficial de la AEAT:
| Trimestre | Meses que cubre | Plazo de presentación |
|---|---|---|
| 1.er trimestre | Enero, febrero, marzo | Del 1 al 20 de abril |
| 2.º trimestre | Abril, mayo, junio | Del 1 al 20 de julio |
| 3.er trimestre | Julio, agosto, septiembre | Del 1 al 20 de octubre |
| 4.º trimestre | Octubre, noviembre, diciembre | Del 1 al 30 de enero (del año siguiente) |
Si el día 20 cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se amplía al siguiente día hábil. El cuarto trimestre tiene un mes completo de margen porque coincide con el cierre del ejercicio fiscal.
Prepara esto antes de abrir la Sede Electrónica:
| Requisito | Opciones válidas |
|---|---|
| Identificación digital | Certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve (PIN o permanente) |
| NIF como autónomo | Tu número de identificación fiscal |
| Facturas de gastos del trimestre | Solo si has tenido gastos con IVA que quieras deducir |
| Navegador actualizado | Chrome, Firefox o Edge. La Sede funciona también en móvil con cl@ve |
Si no tienes ningún sistema de identificación digital, puedes solicitarlo en cualquier delegación de la AEAT o activar cl@ve PIN desde sede.agenciatributaria.gob.es. Para autónomos y sociedades la presentación telemática es obligatoria: no se puede presentar el 303 en papel.
Ve a sede.agenciatributaria.gob.es e identifícate con tu certificado digital, DNI electrónico o cl@ve. Una vez dentro, busca "Modelo 303" en el buscador o navega hasta Impuestos y tasas > IVA > Modelo 303.
Selecciona la opción "Presentación" y no "Consulta": aquí rellenarás y enviarás la declaración.
Indica el año fiscal (por ejemplo, 2026) y el trimestre que vas a declarar: 1T, 2T, 3T o 4T. Comprueba que corresponden al trimestre que no has tenido actividad. No cometas el error de declarar el trimestre equivocado.
La sección de IVA devengado recoge las ventas y el IVA que has cobrado a tus clientes. Como no has emitido ninguna factura, todas las casillas de esta sección quedan a 0. No escribas nada en ellas o déjalas en blanco (la Sede las trata como cero).
Las casillas principales son la 01 (base imponible al 21%), la 03 (al 10%) y la 05 (al 4%). Si no has facturado, todas van a cero.
Aquí van las facturas de gastos que hayas tenido durante el trimestre: suministros, material, cuotas de plataformas, etc. Si no has tenido ningún gasto con IVA, estas casillas también van a cero. Si sí has tenido gastos, apunta la base imponible y el IVA de cada factura en las casillas correspondientes.
La casilla principal es la 28 (cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes). Suma todas tus facturas de gastos con IVA del trimestre y anótala aquí.
La casilla 64 es el resultado de la declaración. Si todo va a cero, el resultado será 0,00 euros. Si has tenido gastos con IVA pero cero ingresos, el resultado saldrá negativo: ese importe puedes compensarlo en el trimestre siguiente o, si estás en el cuarto trimestre, solicitar su devolución.
Haz clic en "Presentar declaración" y confirma el envío. La Sede te generará un número de referencia (NRC) y un PDF del justificante de presentación. Guárdalo: es tu prueba de que has cumplido con la obligación en plazo. Guarda también una copia del modelo 303 firmado.
Si el resultado es cero, la declaración se presenta "sin ingreso": no tienes que pagar nada ni introducir datos bancarios.
Estos son los fallos más habituales cuando se presenta el modelo 303 sin actividad, especialmente entre autónomos de Reus y Tarragona que lo gestionan solos por primera vez:
En TAXWISE nos ocupamos de tus declaraciones trimestrales de IVA para que no te preocupes por plazos ni casillas. Autónomos y pymes en Reus y Tarragona.
Pídeme información por WhatsAppSí, en la mayoría de casos. Mientras estés dado de alta en el Censo de Empresarios (modelo 036 o 037) y tu actividad esté sujeta a IVA, tienes la obligación de presentar el modelo 303 cada trimestre, aunque el resultado sea cero. No presentarlo puede generar una sanción por no declarar en plazo.
La AEAT puede imponerte una sanción por falta de declaración. El importe mínimo de la sanción por no presentar declaraciones sin perjuicio económico para Hacienda es de 200 euros por declaración, según el artículo 198 de la Ley 58/2003 General Tributaria. Si presentas fuera de plazo sin requerimiento previo, la sanción es de 100 euros por declaración.
Si eres autónomo o sociedad, la presentación telemática es obligatoria y necesitas identificarte con certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve. No está permitida la presentación en papel para sujetos pasivos que deben presentar el 303 por medios electrónicos, que son la mayoría de autónomos y empresas.
El plazo del tercer trimestre (julio, agosto, septiembre) es del 1 al 20 de octubre. Si el día 20 es sábado, domingo o festivo, el plazo se amplía al siguiente día hábil. Puedes consultar el calendario fiscal oficial de la AEAT en sede.agenciatributaria.gob.es.
En ese caso la declaración no sale a cero: el IVA soportado (el que pagaste en tus compras y gastos) puede ser mayor que el IVA repercutido (el que cobraste). Si tienes saldo a tu favor, puedes compensarlo en trimestres siguientes o, en el último trimestre del año (cuarto), solicitar su devolución. Anota todas las facturas de gastos en las casillas de IVA soportado del modelo 303. Puedes leer más sobre qué gastos deducir como autónomo para no dejar nada fuera.
La presentación es siempre telemática desde la Sede Electrónica de la AEAT, independientemente de dónde estés. No necesitas acudir a ninguna oficina de Hacienda en Reus ni en Tarragona. Si prefieres que lo gestione tu asesoría, en TAXWISE Capital Advisors lo presentamos por ti.
Presentar el modelo 303 sin ingresos es sencillo una vez sabes cómo funciona. Pero si tienes dudas sobre si estás dado de alta correctamente, si tus gastos son deducibles o si llevas meses acumulando trimestres sin presentar, conviene que lo revises con alguien antes de que aparezca una sanción.
En TAXWISE Capital Advisors somos asesoría fiscal en Reus (Tarragona), con trato directo y personalizado. Gestiono las declaraciones trimestrales de IVA, IRPF y el resto de obligaciones de autónomos y pymes para que puedas centrarte en tu negocio sin preocuparte por plazos ni casillas.
Si tienes una duda puntual o quieres delegar toda tu contabilidad, escríbeme sin compromiso. También puedes consultar mis honorarios o explorar otros artículos del blog como deducciones del IRPF que los autónomos olvidan aplicar o cómo deducir los gastos de internet si trabajas desde casa.
Te explico qué debes presentar, cuándo y cómo. Autónomos y pymes de Reus, Tarragona y alrededores.
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