Cuando llega junio y toca preparar la declaración de la Renta —el IRPF, es decir, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas—, la mayoría de autónomos revisan los ingresos, comprueban las facturas de gastos más evidentes y dan por cerrada la declaración. Pero hay una lista de deducciones válidas que se escapan sistemáticamente.
No porque sean ilegales ni complicadas. Sino porque nadie las mencionó en el momento oportuno. En TAXWISE Capital Advisors —asesoría fiscal en Reus para autónomos y pymes— vemos los mismos olvidos año tras año. Aquí te los reunimos todos, con cifras y condiciones.
La tabla: 10 deducciones IRPF que los autónomos suelen olvidar
Un vistazo rápido antes de entrar en el detalle de cada una.
| # | Gasto / Deducción | Importe o % deducible | Condición clave | Documentación |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Cuota al RETA | 100 % | Estar dado de alta en RETA | Recibos mensuales TGSS |
| 2 | Seguro médico (tit., cónyuge, hijos <25) | Hasta 500 €/persona/año | Seguro de enfermedad privado | Facturas aseguradora |
| 3 | Suministros vivienda habitual (home office) | 30 % × % m² afectos | Local afecto a la actividad | Facturas + declaración m² |
| 4 | Gastos de difícil justificación (simplificada) | 5 % rendimiento neto previo | Solo estimación directa simplificada | Sin justificante (automático) |
| 5 | Cuotas de colegios y asociaciones profesionales | Hasta 500 €/año | Vinculación a la actividad | Recibo de cuota |
| 6 | Formación vinculada a la actividad | 100 % del gasto | Relación directa con el trabajo | Factura + programa del curso |
| 7 | Aportaciones a plan de pensiones individual | Hasta 1.500 €/año | Aportación efectiva en el ejercicio | Certificado de la gestora |
| 8 | Plan de pensiones de empleo simplificado (autónomos) | Hasta 4.250 €/año adicionales | Ley 12/2022; requiere plan de empleo | Certificado de la gestora |
| 9 | Deducción por inicio de actividad (nueva alta en RETA) | Variable según CCAA | Primer año de alta; depende de la región | Declaración censal; alta RETA |
| 10 | Intereses de préstamos vinculados a la actividad | 100 % del interés pagado | El crédito debe financiar la actividad | Cuadro de amortización del banco |
Cada deducción, explicada sin tecnicismos
1. La cuota al RETA: el gasto más deducible y el más ignorado
El RETA es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. Cada mes pagas una cuota que varía según tus rendimientos netos previstos. Pues bien, esa cuota mensual es un gasto deducible al 100 % en tu IRPF.
El olvido se produce porque muchos autónomos la consideran «un impuesto a parte» y no la incluyen entre los gastos de la actividad. Error. La Agencia Tributaria la admite expresamente como gasto deducible. Guarda los recibos que te llegan de la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social) cada mes.
2. El seguro médico privado de toda la familia
Si pagas un seguro de salud privado, puedes deducirte las primas hasta 500 € por persona y año, y puedes incluir no solo las tuyas sino las de tu cónyuge o pareja y las de tus hijos menores de 25 años que convivan contigo. Si alguno de ellos tiene una discapacidad reconocida, el límite sube a 1.500 € por persona.
Esta deducción fue introducida por la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. No exige que el seguro sea exclusivo de la actividad: vale cualquier póliza de salud. Lo que sí necesitas son las facturas de la aseguradora (o los extractos que acrediten el pago de las primas).
3. Los suministros de casa cuando trabajas desde casa
Aquí la clave está en aplicar bien la fórmula. Si dedicas parte de tu vivienda a la actividad —una habitación como oficina, por ejemplo—, puedes deducir el 30 % de los suministros (luz, agua, gas, internet y teléfono fijo) en proporción a los metros cuadrados afectos a la actividad respecto al total de la vivienda.
Necesitas conservar las facturas de los suministros y poder justificar el porcentaje de metros cuadrados que declaras afectos. Lo habitual es declararlo en el modelo 036/037 (declaración censal) al indicar el domicilio fiscal de la actividad.
4. Los gastos de difícil justificación (solo en estimación directa simplificada)
Si tribitas en estimación directa simplificada, la normativa te permite deducir automáticamente el 5 % del rendimiento neto previo en concepto de «gastos de difícil justificación». Es decir, un pequeño margen para los gastos menores que no tienen factura (aparcamiento de parquímetro, propinas en una comida de trabajo, material de oficina de pequeño importe…).
El límite absoluto es 2.000 € anuales, según el artículo 30 del Reglamento del IRPF. Se aplica antes de calcular las reducciones por rendimiento irregular. No necesitas ninguna factura: es automático en la liquidación de la actividad.
5. Las cuotas de colegios y asociaciones profesionales
Las cuotas anuales de tu colegio profesional, de una asociación sectorial o de la cámara de comercio son deducibles como gasto de la actividad, siempre que exista una vinculación clara con lo que haces. El límite habitual que reconoce la AEAT es de 500 € anuales, salvo que la colegiación sea obligatoria por ley para ejercer la profesión, en cuyo caso puede superar ese importe.
Guarda los recibos de pago o las certificaciones de la entidad. Si la cuota incluye servicios adicionales (seguros, revistas, eventos), mejor que el recibo los desglose.
6. Formación vinculada a tu actividad
Los cursos, talleres, masters, libros técnicos, suscripciones a plataformas formativas o congresos sectoriales son gastos deducibles al 100 % si tienen relación directa con tu trabajo. Un diseñador puede deducir un curso de Figma. Un asesor fiscal, una jornada técnica de actualización normativa. Un fotográgrafo, un taller de edición.
Lo que Hacienda puede preguntar en una comprobación: «¿en qué medida este curso es necesario para tu actividad?». La defensa es la factura + el programa del curso o una descripción del contenido. Un máster de cocina para un consultor de marketing no convencería a nadie.
7. Aportaciones a un plan de pensiones individual
Las aportaciones a un plan de pensiones privado se deducen directamente de la base imponible general del IRPF, lo que reduce el tipo al que tributas. El límite desde 2022 es de 1.500 € anuales. Si no llegas al máximo en un ejercicio, el exceso no se puede trasladar, pero sí puedes ir aumentando la aportación el siguiente año.
El certificado anual de aportaciones que te envía la gestora del plan es el justificante que necesitas. La información ya suele llegar precumplimentada en el borrador de la Renta, pero conviene verificarlo.
8. Plan de pensiones de empleo simplificado para autónomos
Esta es una de las novedades más relevantes de los últimos años y, a la vez, la que menos autónomos conocen. La Ley 12/2022 de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo creó los planes de pensiones de empleo simplificados para autónomos. Si contratas uno, puedes aportar hasta 4.250 € adicionales al año, que se suman al límite de los 1.500 € del plan individual.
Eso significa hasta 5.750 €/año deducibles de tu base imponible. Para un autónomo en el tramo del 30 %, eso supone hasta 1.725 € menos de IRPF. Habla con tu asesor o con tu entidad bancaria para ver cómo contratar uno.
9. Deduccion por inicio de actividad (nueva alta)
Si eres autónomo de reciente alta, algunas comunidades autónomas aplican deducciones autonómicas por inicio de actividad en la cuota autonómica del IRPF. En Cataluña, revisa las deducciones autonómicas del ejercicio correspondiente en el portal de l’Agència Tributària de Catalunya (ATC).
Además, a nivel estatal existen bonificaciones en la cuota del RETA para nuevos autónomos. Aunque estas no son deducciones del IRPF propiamente dichas, reducen el gasto global que luego sí se deduce como cuota RETA. Consultálo al darte de alta.
10. Intereses de préstamos vinculados a la actividad
Si tienes un crédito o préstamo cuyo dinero se ha destinado a financiar tu actividad —comprar equipos, pagar una reforma del local, adquirir material—, los intereses que pagas son un gasto deducible al 100 %. No el capital amortizado, sino los intereses que figuran en el cuadro de amortización que te facilita el banco.
El punto crítico es demostrar que el préstamo se destinó a la actividad y no a consumo personal. Si el crédito es mixto, solo se deduce la parte proporcional al uso profesional.
En TAXWISE hacemos una revisión sin compromiso de tu situación. Si hay algo que recuperar, te lo decimos.
Escríbenos por WhatsAppErrores frecuentes que llevan a una liquidación paralela
Una liquidación paralela es cuando Hacienda revisa tu declaración y calcula que debes pagar más de lo que declaraste. Viene acompañada de intereses de demora y, en los casos más graves, de una sancion. Estos son los errores más habituales con las deducciones de autónomos:
Qué te pueden pedir en una comprobación de Hacienda
Si la AEAT inicia una comprobación de tu declaración, puede solicitarte para cada gasto deducido:
- La factura original con todos los datos del emisor (nombre, NIF, dirección), concepto detallado, fecha e importe con IVA desglosado.
- El justificante de pago: extracto bancario, recibo de domiciliación o cualquier documento que acredite que el gasto fue efectivamente pagado.
- La vinculación con la actividad: un correo, un contrato, el programa del curso, la descripción del proyecto para el que se usó el material.
- En el caso del home office: los m² totales de la vivienda y los m² afectos a la actividad, que deben coincidir con lo declarado en el modelo 036/037.
Si no puedes justificar un gasto, Hacienda lo elimina, recalcula tu cuota y te emite una liquidación con intereses. Por eso deducir bien desde el principio —con justificantes en orden— es siempre mejor que deducir mucho y corregir después.
- ✓ La cuota RETA es deducible al 100 %. Inclúyela siempre.
- ✓ El seguro médico: hasta 500 € por persona y año.
- ✓ Suministros del hogar: 30 % × % m² afectos, no el total.
- ✓ Planes de pensiones: hasta 5.750 € si combinas individual + empleo simplificado.
- ✓ Guarda todo durante al menos 4 años.